"Orden... por la que se regula el procedimiento para
garantizar el derecho del alumnado ... a que su dedicación, esfuerzo y
rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad".
Así se llama la ley que regula la reclamación de notas en
Bachillerato: o sea, cómo conseguir en los despachos lo que al esforzado alumno
le han negado desde la cátedra. Y dirán ustedes: eso de la "dedicación,
esfuerzo y rendimiento" ¿no es más propio de un acto de imposición de
medallas que de un texto legislativo? ¿No sería más propio decir simplemente
"su trabajo" o "sus exámenes"?
Bien, no hace falta ser un lince para deducir, de tan
rimbombante enunciado: a) que la "dedicación, esfuerzo y rendimiento"
se le suponen al alumno, como el valor en la mili; mientras que b) del profesor
sólo cabe esperar una tendencia a la parcialidad y la mala uva; y que c) la objetividad
reside más arriba, en la bendita Administración, en los ángeles guardianes de
la juventud. Un tipo detrás de una mesa es capaz de juzgar con más objetividad
que quien ha preparado y desarrollado las clases y ha seguido la evolución del
alumno día a día. Dónde va a parar.
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