03 marzo 2013

No, don Francisco Sevilla.


No es lo mismo el derecho al error que el derecho a no ser molestado aunque se esté en el error. Hay que jorobarse, ¿para qué queremos las conjunciones concesivas?

En "Reflexiones sobre la enseñanza de la religión en las escuelas y la declaración conciliar sobre la libertad religiosa" (Razón española, 177), Francisco Sevilla enmienda la plana a la Dignitatis humanae y en concreto al párrafo que dice: "El derecho a esta inmunidad permanece también en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y de adherirse a ella". En el contexto de la declaración, esto significa que el Estado, a quien no le compete definir ninguna verdad, carece también de legitimidad para juzgar las conciencias. Definir esto como derecho al error, como lo hace don Francisco reiteradamente, es abusar del lenguaje.
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