20 noviembre 2024

Moral política en una sociedad pluralista

Es la reelaboración en forma de libro de una serie de trabajos del autor realizados entre 1967 y finales de los 70. Lo cual ocasiona, entre otras cosas, que dé la impresión de que se repiten mucho los argumentos. Todo se articula en torno a una idea: la distinción entre el orden moral y el orden jurídico, y cómo no siempre aquello que es exigible en el primero lo es en el segundo. Todo el mundo sabe, por ejemplo, que mentir está mal, pero nadie pretendería sancionar penalmente la mentira.

El autor, teólogo, toma pie de la declaración Dignitatis humanae del Concilio Vaticano II. Como es sabido, ese documento es una defensa de la libertad religiosa (o, por mayor precisión, como indica el propio título, “la libertad civil en materia religiosa”). Explica don Matías (García Gómez) que hasta ese momento se había tenido en cuenta el deber moral de los poderes públicos de tutelar la religión verdadera, mientras que a partir de ahora se prima el derecho a no ser coaccionado en materia religiosa, sin obviar el deber de toda persona de buscar a Dios y abrazar la fe católica una vez encontrada. No todo lo que es exigible en el orden moral es exigible en el orden jurídico.

Cosa que se entiende bastante bien, pero me suscita cierta inquietud. El propio autor sugiere que esta libertad de coacción podría ampliarse a otros asuntos en que el consenso moral en una sociedad esté lejos de ser alcanzado: ¿divorcio?, ¿aborto?... Él no toma partido pero deja la cuestión abierta. Lo cual no deja de tocarme un poco los esquemas. Más si pienso que, al menos en España, no venimos de una sociedad licenciosa que lleve al Estado a observar una respetuosa neutralidad en tales materias, sino que justamente las leyes liberalizadoras del divorcio o el aborto son las que han acarreado una cada vez mayor licencia de costumbres. ¿Sabemos realmente lo que estamos haciendo, desde hace medio siglo?

Cuestión sujeta, también, a la libre discusión, como bien se deduce del libro.

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