24 noviembre 2024

Acerca

 

de la famosa cuestión de la libertad religiosa antes y después del concilio, es interesante esta observación:

Se condena esta libertad de conciencia a causa de la ideología que proclamaron los defensores del racionalismo apoyándose en el fundamento de que la conciencia individual no tiene ley, de tal modo que no está sujeta a ninguna norma dada por Dios (cfr. Syllabus, prop. 3, ASS 3. 1867, p. 168) […] Se condena por fin esa separación de la Iglesia y del Estado que tuvo su raíz en la opinión racionalista de la omnicompetencia jurídica del Estado (cf[r]. Syllabus, prop. 39, ibid., p. 172), según la cual la misma Iglesia debe ser incorporada dentro del organismo monístico del Estado y sometida a la potestad suprema del Estado.

(En Moral política capítulo II, pp.63-64)