30 octubre 2008
Los períodos prolongados de calma...
... favorecen ciertas ilusiones ópticas. Una de ellas es la suposición de que la inviolabilidad del domicilio se funda en la Constitución, se encuentra asegurada por ella. En realidad la inviolabilidad del domicilio se basa en el padre de familia que aparece en la puerta de la casa acompañado de sus hijos y empuñando un hacha en la mano. Sólo que esta verdad no siempre se halla a la vista; y tampoco constituye una objeción contra las Constituciones. Lo que vale es el viejo adagio: "Es el hombre el que sale garante del juramento, no el juramento el que sale garante del hombre". Este es uno de los motivos de que encuentre tan escasas simpatías en el pueblo la nueva legislación. En teoría no está mal eso de la "inviolabilidad del domicilio"; pero vivimos en unos tiempos en que un funcionario le va pasando al siguiente el picaporte de la puerta de nuestra casa.
En la antigua Islandia, por ejemplo, hubiera sido imposible un ataque a la inviolabilidad y aun santidad del domicilio en las formas en que ocurrió, como mera medida administrativa, en el Berlín de 1933, en medio de una población de millones de almas. Merece ser citado, como excepción honrosa, el caso de un joven socialdemócrata que en el pasillo de su apartamento abatió a tiros a media docena de los denominados "policías auxiliares". Aquel hombre continuaba siendo partícipe de la libertad sustancial, de la antigua libertad germánica que sus adversarios ensalzaban en teoría. Naturalmente, el mencionado joven no había aprendido eso en el programa de su partido. En todo caso no era de aquellos de quienes dice Léon Bloy que salen corriendo en busca del abogado mientras su madre está siendo violada.
Ernst Jünger, La emboscadura. Son dos fragmentos separados, pero con continuidad lógica.